Apartamento en venta en Santos Suárez, Diez de Octubre, La Habana

$7,000 USD Venta
  • 2 hab.
  • 1 baño
  • 35 m²
  • 1ª Planta
80 visitas

Características

Habitaciones
2
Baños
1
Área
35 m²
Tipo de propiedad
Apartamento
Precio
$7,000 USD
Planta
1
Distribución cocina
Cocina independiente
Tipo construcción
Mampostería (Placa)
Estado de la propiedad
Bueno
Fecha de publicación
23/10/2026

Ubicación

Zona: Santos Suárez, Diez de Octubre, La Habana

El círculo señala la zona aproximada, no la dirección exacta.

Descripción del inmueble

🏡 Santo Suárez, 10 de Octubre: Apartamento con 2 habitaciones amplias y placa libre ¿Buscas un apartamento bien ubicado, con espacios amplios y posibilidades de adaptarlo a tu gusto? Esta vivienda cuenta con dos habitaciones amplias, un cuarto de desahogo con posibilidades de uso y placa libre para construir, sin filtraciones. 🔹 Características de la vivienda - 2 habitaciones amplias. - 1 cuarto de desahogo, con posibilidad de convertirlo en baño u otro espacio según tus necesidades. - 1 baño. - Cocina. - Sala-comedor. - Placa libre para construir. - Sin filtraciones. 🏠 Independencia y comodidad Aunque se encuentra en un edificio, el apartamento tiene sus instalaciones independientes. Es el primer apartamento y solo comparte la escalera como acceso. 🛏️ Se entrega con parte del mobiliario y los artículos del hogar, incluyendo equipo de frío, cama, ventiladores y utensilios de cocina, entre otras cosas que se encuentran dentro de la vivienda. 📍 Ubicación: Santo Suárez, municipio 10 de Octubre, La Habana. Cerca del Hospital Miguel Enríquez, el policlínico de La Calzada de 10 de Octubre y Toyo. 💰 Precio: 7000 usd 📲 ¿Te interesa conocer más detalles o visitar el apartamento? Contáctame por WhatsApp

Extras

  • Tanque instalado
  • Gas licuado
  • Electrodomésticos

¿Cuánto cuesta comprarla?

Lo que debes tener listo el día de la firma ante el notario. Desde el 21 de octubre de 2026 el impuesto se paga sobre el precio declarado o sobre el valor catastral si es mayor (Ley 187/2026).

De partida ponemos el valor referencial de esta vivienda, 600,000 CUP (tabla de la Resolución 313/2024, la norma anterior), solo como cifra orientativa: ya no es un mínimo. Escribe el precio que vais a declarar.

Sin el valor catastral, el impuesto se calcula sobre este precio. Si el valor catastral resulta mayor, se paga sobre él.

Figura en la certificación catastral de la vivienda (Resolución 15/2026). Si es mayor que el precio, el impuesto se paga sobre él.

Total para cerrar la compra 624,000 CUP Cheque de gerencia + impuesto del comprador
Cheque de gerencia 600,000 CUP

El precio que se declare en la escritura.

Impuesto del comprador (4 %) 24,000 CUP

Sobre el precio declarado, o sobre el valor catastral si es mayor (Ley 113, art. 44, modificado por la Ley 187).

Lo que paga el vendedor (4 %) 24,000 CUP

No sale de tu bolsillo, pero te sirve para negociar el precio.

Ajustar los datos del cálculoApartamento · 2 cuartos · ×5

La zona de este anuncio: Santos Suárez, Diez de Octubre (×5).

¿Qué es el cheque de gerencia y cómo se saca?

Es un instrumento de pago que emite el banco para pagar la vivienda. La Ley 187 de la Vivienda (artículo 90.1) dispone que el precio se pague con los instrumentos o títulos de crédito de la legislación bancaria o cualquier otra modalidad que no sea en efectivo, sea cual sea el importe.

Para sacarlo, el dinero tiene que estar en una cuenta o sucursal bancaria: el banco emite el instrumento y el documento que acredita el pago, y ese documento se le presenta al notario.

Antes de entregar dinero, confirma con tu banco y con el notario qué instrumento corresponde a tu operación y cómo se hará el pago al firmar.

Cómo se documentan el precio y el pago
Qué papeles necesitas

No hay una lista idéntica para todos, pero el notario parte de esto:

  • La identidad y la capacidad de quien compra y de quien vende.
  • El título de propiedad de la vivienda, inscrito en el Registro Central de la Propiedad de Bienes Inmuebles, con sus cargas y con las obras actualizadas.
  • El documento del banco que acredita que el dinero del precio existe.
  • Si alguien firma por otra persona, el poder que lo autoriza.
  • La certificación catastral de la vivienda y la acreditación de los impuestos: el vendedor debe tenerlos pagados, y liquidado lo que debiera del precio de la vivienda, antes de firmar (Ley 187, artículo 90.2).

El notario decide qué documentos hacen falta en tu caso.

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Estimación orientativa; confírmala con el notario.

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